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VEREDICTO DEL JURADO POPULAR EN EL JUICIO SEGUIDO CONTRA JULIÁN REVERT NAVALÓN POR LA MUERTE DE ANTONIO MARTÍNEZ PEREZ

SECCIÓN SEGUNDA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALBACETE

LECTURA DEL ACTA. 30 NOVIEMBRE DE 2022

En Albacete a 30 de noviembre de 2022, reunidos los jurados designados para la presente causa, han deliberado sobre los hechos sometidos a su consideración, y han alcanzado el siguiente resultado:

Los votos mínimos para considerar los hechos probados son CINCO (5), salvo los que se expresan como requeridos SIETE (7). Delito de asesinato.

 

HECHO NÚMERO UNO. SIETE VOTOS (7). El día uno de agosto de 2018, Julián esperó a Antonio en su casa con una carabina calibre 22 milímetros con la idea de matarle. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos CUATRO (4) NO PROBADO y CINCO (5) PROBADO. Motivación: “No tenemos pruebas suficientes para afirmar este hecho y ante la duda consideramos NO PROBADO”.

HECHO NÚMERO DOS. SIETE VOTOS (7). Preparó su muerte oculto. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos NUEVE (9).  Motivación: llegamos a esta conclusión porque no sabemos exactamente donde se encontraba Julián cuando Antonio accedió a la vivienda; el baño, el pasillo u otro lugar. Según la inspección ocular realizada por los agentes de laboratorio de criminalística de Albacete, no se pudo determinar desde donde se produjo el disparo. Los médicos forenses R.G.G. y P.B.G. y el servicio de criminalística de Madrid analizaron los orificios de los disparos y fueron a una distancia indeterminada, superior a DOS centímetros.

HECHO NÚMERO TRES. SIETE VOTOS (7). Julián disparó DOS veces a Antonio valiéndose de la sorpresa de forma que Antonio no pudo defenderse o huir. Respuesta: PROBADO. Número de votos NUEVE  (9). Motivación: basados en los informes de las médicos forenses R.G.G y P.B.G. se muestra la trayectoria de los DOS disparos, que fueron en la cabeza y bastante circulares y regulares. Uno por el lado y otro sobre la ceja, esto concluye que los disparos debieron de hacerse de forma bastante perpendicular. En caso de que Antonio hubiese intentado defenderse o huir, los disparos hubieran entrado de otra manera.

HECHO NÚMERO CUATRO (4). Tras entrar Antonio en la vivienda de Julián comenzó a golpearle con sus puños. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: no hay pruebas objetivas porque esta afirmación se basa solamente en el relato del acusado. El jefe del laboratorio de criminalística con identificación 96675Z participó en la inspección ocular del piso y declaró el 23 de noviembre de 2022 que no vieron indicios de pelea, tales como cristales rotos, lo que ni confirma ni descarta que hubiera una pelea. Tampoco disponemos de un informe médico que pruebe que Julián tenía lesiones.

HECHO NÚMERO CINCO (5). Disparó a Antonio para defenderse de esa agresión. Respuesta: NO PROBADO.  Número de votos NUEVE (9). Motivación: remitiéndonos a la pregunta anterior como no está demostrado que esa agresión existiera no se puede decir que disparara para defenderse de ella.

HECHO NÚMERO SEIS (6). Disparó por pavor a ser agredido y humillado por Antonio. Respuesta: NO PROBADO.  Número de votos OCHO (8). El argumento a ser humillado y agredido viene de parte del acusado, por lo que no consideramos que sea convincente. Por otro lado, los informes periciales de los señores M.C.O. y MP.R.C, se basan en el relato de Julián sin contrastar la veracidad de esas declaraciones. Los mismos peritos declararon que si Julián hubiera mentido, su informe no sería válido.

HECHO NÚMERO SIETE (7). Dicho temor no lo podía controlar. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos OCHO (8). Motivación: nos remitimos a la respuesta de la pregunta número SEIS (6).

HECHO NÚMERO OCHO (8). Disparó como reacción a su desesperación ante una agresión de Antonio iniciada o inminente, sin poder controlar o poder actuar de otro modo. Respuesta: PROBADO. Número de votos SEIS (6). Motivación: nos consta que hubo agresiones verbales por medio de los mensajes de whasapp, y en cuanto a agresiones físicas no tenemos pruebas objetivas que lo corroboren.

HECHO NÚMERO NUEVE (9). (A), Al disparar Julián  se encontraba bajo la influencia, al menos parcial, del previo consumo de cocaína y otras sustancias estupefacientes. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos OCHO (8). Motivación: Según la declaración de los médicos forenses M.C.G y F.M.C. y el personal del servicio de drogas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses de Madrid, con identificación CI89401 y CI356 se realizó una prueba de un mechón de pelo extraído en octubre de 2018; los resultados mostraron un valor de consumo medio de consumo de cocaína, la mayoría de las veces acompañado de alcohol. Ese consumo era habitual y crónico durante los seis o siete meses anteriores a la toma de muestra del mechón. El uno de agosto de 2018, está comprendido en ese periodo, pero no se puede llegar a la conclusión de si en ese día había o no consumido, porque el resultado de los análisis es solo una media del consumo de esos meses.

HECHO NÚMERO DIEZ (10). Julián padecía desde hace años trastornos por consumo de drogas que afectaba a su intelecto y voluntad. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos: OCHO (8). Motivación: Para contestar a esta pregunta nos basamos en la declaración de los médicos forenses M.C.G y F.M.C. del 24 de noviembre de 2022. Declararon que, si bien Julián tenía un trastorno bajo por consumo de sustancias, el acusado tenía las capacidades volitivas y cognitivas intactas.

HECHO NÚMERO ONCE (11). Julián tenía alterada su conciencia y/o voluntad por deficiencias en su inteligencia límite o cercana al límite de la normalidad, o por añadirse una personalidad depresiva o trastorno de ansiedad, o funciones neuropsicológicas, dicha alteración solo fue leve. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos OCHO (8). Motivación: Igual que antes, para contestar a esta pregunta nos basamos en la declaración de los médicos forenses M.C.G y F.M.C. del 24 de noviembre de 2022, el acusado tenía las capacidades volitivas y cognitivas intactas. Por otra parte, los informes mostrados por los peritos  M.C.O. y MP.R.C. no nos han parecido convincentes, ya que se basan principalmente en las declaraciones del acusado y sin contrastar las mismas. Estos peritos indicaron que si Julián hubiese mentido, su informe no sería válido.

HECHO NÚMERO DOCE (12). (A) Julián confesó a la Guardia Civil lo ocurrido detalladamente y antes de saber que le buscaban. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos NUEVE (9): Motivación: según la declaración de Julián, el acusado, su padre y el guardia civil de puertas del cuartel de Almansa X16696D, el acusado se personó en el cuartel de Almansa acompañado de su padre a las 18,30 horas del 15 de septiembre de 2018. Simplemente declaró “lo he matado, no he podido aguantar esta situación…, le he pegado DOS tiros”, sin dar más detalles. Asimismo, según testificación del Brigada Jefe de la Policía Judicial de Almansa T71274L, instructor del caso por la desaparición de Antonio, se encontró un cadáver en el piso de Julián a las 17,25 horas, estando presente el padre de Julián; por lo tanto, entendemos que se entregó después de tener conocimiento de que lo buscaban. (B) La confesión fue útil para la investigación. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: la confesión no fue útil ya que Julián no dijo nada más que declararse culpable. No hizo una confesión detallada hasta el día 10 de octubre de 2022.

HECHO NÚMERO TRECE (13). Julián ha indemnizado a la abuela de Antonio, o ha depositado a tal fin en una suma relevante. Respuesta: PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: según declaraciones del Ministerio Fiscal, y los abogados de la acusación y la defensa, se han depositado 24.000 euros, consignados en Sala, estando todos de acuerdo en este punto.

HECHO NÚMERO CATORCE (14). Durante la instrucción del proceso se recurrieron tres denegaciones de diligencias y que se resolvieron en firme DOS de ellas; recursos de reforma y apelación CINCO MESES después, tardando uno de ellos DIEZ meses y VEINTICINCO días en comunicarse al Juzgado, y otro más de apelación que se resolvió en firme SIETE meses y SIETE días después. La información solicitada a la Policía sobre antecedentes policiales de Antonio se dilató DIEZ MESES y VEINTICINCO días sin cumplimentar. Respuesta: PROBADO. Número de votos: NUEVE (9). Motivación: según manifestaciones del abogado de la defensa se presentaron estos recursos, no presentando contradicción de este hecho por parte del Ministerio Fiscal ni del abogado de la acusación particular. Estas manifestaciones se hicieron el 29 de noviembre de 2022.

HECHO NÚMERO QUINCE (15). Durante dichos periodos de tiempo el procedimiento estuvo inactivo. Respuesta: NO PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: según manifestó el Ministerio Fiscal se siguieron realizando pruebas durante los mencionados periodos de tiempo. Estas manifestaciones se hicieron el 29 de noviembre de 2022, sin contradicción de la defensa.

HECHO NÚMERO DIECISEIS (16). SIETE VOTOS (7) Julián es culpable de disparar a Antonio causándole su muerte. Respuesta: PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: el propio acusado se declaró culpable de la muerte de Antonio.

HECHO NÚMERO DIECISIETE (17). Julián merece que se le suspenda condicionalmente la pena. Respuesta: NO. Número de votos: NUEVE (9).

HECHO NÚMERO DIECIOCHO (18). Debe de ser solicitado su indulto. Respuesta: NO. Número de votos: NUEVE (9).  

HECHO NÚMERO DIECINUEVE (19). TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS DE FUEGO. SIETE votos. Julián cogió la carabina propiedad de su padre que este guardaba con llave en su casa careciendo de licencia. Respuesta: PROBADO. Número de votos NUEVE (9). Motivación: el propio acusado reconoció que cogió la carabina del armero de su padre ya que conocía donde estaba la llave. El Guardia Civil de la Policía Judicial de Albacete con identificación K42050U que fue a recoger las armas al domicilio, testifica que el armero tenía una llave, y que esta era guardada por el padre de Julián en un chaleco, en la misma habitación que el armero. El Interventor de Armas y Explosivos R.H.C. declaró el 24 de noviembre, basándose en el informe RHC/JRS de 21 de agosto de 2020 que buscó a Julián en el Registro General de Armas y confirmó que éste no tenía licencia tipo E, necesaria para usar la carabina.

HECHO NÚMERO VEINTE (20). SIETE votos. Julián es culpable de la tenencia del arma de fuego. Respuesta: PROBADO. Número de votos: NUEVE (9). Motivación. Nos basamos en la declaración del Guardia Civil de la Policía Judicial de Albacete con número de identificación I18529R, que declaró el día 23 de noviembre de 2022. El día de recogida de las armas vieron las guías de pertenencia de las que habían en el armero, y todas estaban a nombre del padre de Julián, es decir, Julián Revert Alcocel. Tampoco consta autorización expresa escrita del padre para que el acusado pudiera utilizar el arma.

HECHO NÚMERO VEINTIUNO (21). Julián merece que se le suspenda la pena. Respuesta: NO. Número de votos NUEVE (9).

HECHO NÚMERO VEINTIDOS (22). Debe de ser solicitado su indulto. Respuesta: NO. Número de votos: NUEVE (9).

En base a este veredicto:

  • MINISTERIO FISCAL: A la vista de los hecho acreditados por el Jurado Popular, considera que se ha producido un delito de asesinato con DOS atenuantes. Solicita la pena de 15 AÑOS DE PRISIÓN menos UN DÍA. Y DIEZ MESES POR TENENCIA ILÍCITA DE ARMAS
  • ACUSACIÓN PARTICULAR: Interesa la máxima pena posible conforme a la calificación jurídica que se desprenda de los hechos probados por el Jurado Popular. Se opone a cualquier tipo de suspensión de la pena que pudiera solicitarse.
  • ABOGADO DEFENSOR: Atendiendo a que cree apreciadas TRES atenuantes, solicita a que todas ellas sean consideradas con el carácter de muy cualificadas, con la rebaja correspondiente de DOS GRADOS y que se aplique en base a ello la mínima pena posible.

 

VISTO PARA SENTENCIA !!!!!

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Abierto el plazo de presentación de instancias para la elaboración de una bolsa de trabajo de Técnico/a de Promoción Económica

El concejal de Recursos Humanos, Benjamín Calero, junto al concejal de Desarrollo Empresarial, Industria, Comercio y Gestión Turística, Alfredo Calatayud, anunciaron las bases que han de regir las pruebas selectivas para la elaboración de una bolsa de trabajo de Técnico/a de Promoción Económica para cubrir posibles sustituciones y las necesidades de contratación temporal en el Ayuntamiento de Almansa. 

Luis BONETE. Copyright-2022

La plaza de Técnico/a de Promoción Económica se encuadra en el Grupo A, Subgrupo A2 de clasificación profesional. La elaboración de la bolsa de trabajo de esta convocatoria se efectuará mediante el sistema de oposición libre.

Las principales funciones y tareas del puesto de trabajo serán las siguientes: es responsable de la gestión, estudio, informe, asesoramiento, dictamen, aplicación normativa y propuesta de resolución que por su grado de especialización se requiera, incluida la elaboración de pliegos técnicos, de los asuntos y en los términos que le sean encomendados, en materia de promoción económica (desarrollo local, industria, formación, comercio, proyectos europeos, turismo, promoción de la tecnología entre las empresas y los trabajadores, juventud, OMIC, mercado, etc.

Los aspirantes que deseen participar en el procedimiento de selección deberán estar en posesión del título de diplomatura, licenciatura, grado o equivalente. Los requisitos deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes se realizará mediante instancia a través del Registro General del Ayuntamiento, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, o a través del Registro General Electrónico. El plazo de presentación de instancias será desde el día 21 de noviembre al día 20 de diciembre de 2022.

La oposición consistirá en dos ejercicios obligatorios y eliminatorios: el primer ejercicio constará de un cuestionario de 40 preguntas con 4 respuestas alternativas y el segundo ejercicio consistirá en la realización de una o varias pruebas teórico-prácticas.

Más información aquí: https://www.almansa.es/attachments/article/5230/BASES_CONVOCATORIA_BOLSA_DE_TRABAJO_TECNICOA_PROMOCION_ECONOMICA_-_SEFYCU_4032942.pdf

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El equipo de Gobierno PP-Cs anuncia la rehabilitación de las primeras viviendas de los peones camineros y su cesión a AFAENPAL y ASPRONA

El alcalde de Almansa, Javier Sánchez, y la portavoz del Gobierno y concejala del área de Urbanismo, Tania Andicoberry, acompañados por las ediles de Empleo y Bienestar Social, dieron a conocer el proyecto de rehabilitación de las nuevas viviendas de Peones Camineros, destinadas a fines sociales en nuestra ciudad, así como la cesión de dos de esas viviendas a Asprona y Afaenpal. 

Luis BONETE. Copyright-2022

La concejal Tania Andicoberry expuso que «hoy venimos a anunciar la consecución de la primera fase de un proyecto que comenzaba hace varios años, la rehabilitación de las casas de los peones camineros. Este camino comenzaba trabajando en la cesión de las viviendas por parte de la JCCM y una vez lograda la cesión de las 35 viviendas nuestro objetivo y el compromiso del equipo de gobierno fue recuperar un gran entorno histórico para la ciudad y generar un nuevo recurso. Así en la estrategia Almansa Impulsa se incluyó la línea de rehabilitación de viviendas para fines sociales. Con la consecución de estas viviendas definimos una hoja de ruta cuyo primer paso tenía como objetivo principal atender a la demanda de soluciones de viviendas que habían trasladado dos asociaciones sociosanitarias de nuestra localidad».

Andicoberry explicó que el proyecto de rehabilitación de las cuatro viviendas ha sido redactado por el Estudio de Ángel Fito. «Inicialmente nos encontramos con cuatro viviendas que tras las obras de rehabilitación se convertirán en 2 que se comunicarán entre ellas a través de un patio trasero común. El programa de necesidades y distribución ha sido consensuado entre todas las partes implicadas, sobre todo con los colectivos. El presupuesto de ejecución está cerca del medio millón de euros, sin contar con los impuestos que habrá que adicionar; el pliego de condiciones está en marcha y confiamos en que se publicará en los próximos días».

La portavoz del Gobierno Municipal finalizó su intervención agradeciendo el interés y trabajo de los técnicos municipales de las diferentes áreas que han intervenido. «Es un proyecto en el que hemos puesto mucho corazón. Esperemos que consiga dar capacidad a muchas personas y que llene de ilusión a las entidades que las usarán».

PROYECTO. Por su parte, el redactor del proyecto, Ángel Fito, acompañado por Verónica Muñoz, informaba que «el proyecto nace desde la idea inicial de la convivencia, ya que se iba a destinar a fines sociales. No queríamos separar personas, queríamos que intercambiaran y se ayudaran entre ellas. El proyecto consiste en la rehabilitación integral de 4 viviendas que ahora vamos a convertir en 2. Esto es así por la tipología de la vivienda».

La vivienda de Afaenpal contará con una planta baja con dos habitaciones individuales y completamente accesibles, baño accesible, salón, cocina y comedor. En la primera planta habrá un total de 4 habitaciones (2 individuales y 2 dobles) 2 baños y un espacio de sala de estar. El total de ocupación de la vivienda será de 8 camas. La vivienda de Asprona contará en la planta baja con 1 habitación totalmente accesible, baño accesible, lavandería, cuarto de máquinas, salón, cocina y comedor. En la primera planta la vivienda contará con 3 habitaciones individuales, sala de estudio, 2 baños y terraza exterior. La ocupación total de esta vivienda será de 4 camas. Las casas no estarán juntas, pero tendrán comunicación a través del patio, para facilitar el intercambio y la convivencia.

«Ambas viviendas están proyectadas desde su inicio con la intención de que los habitantes de cada una interactuen entre ellos y se enfatice la convivencia e interacción entre ellos. Ambas viviendas disponen de amplias zonas comunes y zonas de trabajo pensadas también que si por necesidad se requiere se pueda ampliar el número de dormitorios de manera rápida y limpia».

Tanto Afaenpal como Asprona, representadas por Ana Isabel López y Francisco López, agradecían al Ayuntamiento este proyecto que servirá para dar servicio a muchas personas de la asociación y mejorar la calidad de los usuarios, haciendo que tengan una vida lo más autónoma posible de forma autogestionada.

Para finalizar, el alcalde de Almansa expresó que «es un orgullo que hoy podamos presentar este proyecto centrado en mejorar las necesidades del tejido asociativo. El objetivo siempre ha sido dar espacio a las personas que más lo necesitan. Este es un proyecto bonito, de futuro, que dará muchas satisfacciones. Esperamos que se adjudique rápido para ayudar cuanto antes a estas asociaciones».

Incluida en la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible «Almansa Impulsa», cofinanciada en un 80 por ciento por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.

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Presentan la Campaña de Navidad «ALMANSA, TU GRAN FAMILIA

El salón de actos de la Oficina de Turismo acogió la presentación oficial de la Campaña de Navidad 2022-23 denominada «ALMANSA, TU GRAN FAMILIA», para la promoción del comercio de nuestra ciudad. En el acto han participado el alcalde de Almansa, Javier Sánchez Roselló, el concejal de Comercio y Turismo, Alfredo Calatayud, la concejal de Bienestar Social, Margarita Sánchez, el vicepresidente de la Diputación, Fran Valera, la presidenta de la Asociación de Comerciantes, Tania Blanco, y Francisco López, representando a Asprona 

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La campaña de promoción «ALMANSA, TU GRAN FAMILIA» comenzará el próximo lunes, 28 de noviembre, y finalizará el 6 de enero de 2023, y a lo largo de ese tiempo se repartirán 18.000 euros en nuestra localidad a través de:

– EL RASCA: 15.000 euros en premios directos hasta el 18 de diciembre.

– LA PAPELETA: Se entregarán con cada compra. Van numeradas y el 30 de diciembre se realizará el sorteo en el que se seleccionará al azar un número que será premiado con 3.000 euros para canjear por compras en los establecimientos participantes.

– SORTEO SOLIDARIO: Los establecimientos participantes donan 1 céntimo por cada papeleta repartida. El importe recaudado será sorteado el 30 de diciembre entre las asociaciones sociosanitarias de Almansa. A más compras + Ayuda.

– BOLSAS SOLIDARIAS: Como novedad, Asprona ha realizado a mano 10.000 bolsas para cualquier establecimiento que desee colaborar con la iniciativa (0,80 céntimos la bolsa).

La participación está abierta a cualquier establecimiento o empresa de Almansa que desee sumarse, y aglutina a la Asociación de Comercio de Almansa, ACCA, Rambla Centro, Aniceto Coloma, FEDA, Asociación de Hosteleros de Albacete y la Asociación de Peluquerías y Esteticistas de Almansa.

Una campaña que cuenta con un amplio respaldo de la Concejalía de Comercio y el Ayuntamiento de Almansa, así como de la Diputación de Albacete.

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El Ayuntamiento convoca Concurso para la elección del cartel anunciador de la Conmemoración de la Batalla de Almansa

El concejal de Recreación Histórica, Álvaro Bonillo, junto al presidente de la asociación cultural «1707 Almansa Histórica», Manuel Olaya, dieron a conocer las bases para la elección del Cartel Anunciador de la Conmemoración de la Batalla de Almansa; concurso que el Ayuntamiento ha convocado por primera vez. 

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El cartel anunciador reflejará el espíritu del suceso que tuvo lugar en Almansa el 25 de abril de 1707 con marcada orientación publicitaria y de promoción, tanto de la conmemoración anunciada como de la ciudad.

La composición del cartel y la portada adoptará la forma vertical, ajustándose a las medidas de 50X70 cm. (las imágenes y colores pueden ocupar todo el tamaño del cartel, pero los textos, tienen que estar a una distancia mínima de 4 cm. de los cuatro bordes). Los trabajos se presentarán montados sobre bastidor o tablero rígido de iguales dimensiones con el fin de exponerlos colgados y, a ser posible, reproducido en CD, diapositiva grande, etc.

En el Cartel figurará el escudo de la ciudad, el de Almansa turística y el de la Asociación 1707. Más adelante se incorporarán los logos de las asociaciones y entidades colaboradoras (se pueden solicitar en el Ayuntamiento se Almansa – Alcaldía). El Cartel y la Portada deberán recoger las siguientes inscripciones:
• 316 ANIVERSARIO
• RECREACIÓN HISTORIA INTERNACIONAL
• BATALLA DE ALMANSA
• EL 21 AL 23 DE ABRIL DE 2023

La obra seleccionada, será la que anuncie la conmemoración de la Batalla de Almansa. El premio en metálico para dicha obra será de 500 €, que será único e indivisible.

Podrán participar todos los artistas que lo deseen, realizando sus obras con libertad de técnicas y procedimientos (pintura, soporte informático, fotográfico, etc.). Al dorso de cada obra figurará un lema. Este lema aparecerá en el exterior de un sobre cerrado que deberá contener en su interior la identidad, dirección, teléfono del autor y un cd con la obra en formato digital.

Los trabajos serán enviados por correo certificado o presentados personalmente en el registro de entrada del Ayuntamiento de Almansa en la plaza Santa María, 2 – 02640 ALMANSA (Albacete). El plazo de admisión comenzará el 25 de noviembre de 2022 y finalizará el día 5 de enero del 2023.

El jurado para elegir la obra ganadora estará formado por 3 profesionales de las Artes Gráficas y Plásticas (Publicidad, Diseño Gráfico, Pintura, etc.) 1 representante de la empresa adjudicataria que presta los servicios turísticos de la ciudad, tres integrantes de la asociación 1707, el concejal de Batalla y el técnico de la Batalla. El jurado se reunirá el día 9 de enero de 2023 en el Ayuntamiento.

Bases: https://almansa.es/homepage/anuncios/5246-bases-del-concurso-para-la-eleccion-del-cartel-anunciador-de-la-conmemoracion-de-la-batalla-de-almansa-2

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